Carlos Alarcon Cabrera: Todos sus libros


  • Interpretacion Y Argumentacion Juridica: Problemas Y Perspectivas Actuales

    Interpretacion Y Argumentacion Juridica: Problemas Y Perspectivas Actuales

    El lector encontrará en este libro una síntesis del estado actual del pensamiento jurídico latinoamericano sobre uno de los temas instalados en el centro de gravedad de todas las disciplinas del derecho, como lo es la "interpretación y la argumentación." Enfrentan los principales exponentes de la filosofía del derecho, el libro contiene contribuciones valiosas y profundas que se ocupan de los aspectos más significativos del sujeto en análisis desde varios enfoques de pensamiento, pero sin descuidar en ningún caso la enorme importancia práctica que tiene la tarea de interpretar la ley y construir los argumentos más eficaces para la práctica profesional. Con esta iniciativa editorial propone también colaborar con la idea de superar las "ramas" y la recuperación de la "ley" espacio común y la prioridad que se seque, materia en la que la voz es esencial iusfilosófico

  • Lecciones De Logica Juridica

    Lecciones De Logica Juridica

    Como lógica jurídica, la lógica deóntica se ha desarrollado en la ley desde dos perspectivas abordan en estas lecciones de lógica jurídica: a) la lógica de la ley, que estudia la estructura lingüística de las normas legales, mientras que proposiciones normativas y posibilidad de reglamentos de construcción inferencias lógicas, y debe ser considera una parte fundamental de la teoría general de la norma y la teoría general del derecho; b) la lógica de juristas, que estudia los argumentos legales realizadas por los operadores para tomar la decisión judicial, y después de él, para justificarlo, y que se considera una parte de la teoría de la interpretación legal. Como se destaca Norberto Bobbio, la lógica de la ley es el producto de la extensión de los estudios lógicos en lo descriptivo a las proposiciones prescriptivas o proposiciones deóntica, mientras que la lógica de los juristas es el producto de la aplicación de la lógica de la ciencia jurídica a los procedimientos utilizados por los abogados en la interpretación, análisis y sistematización de cada sistema jurídico.

  • Fenomenologia, Semiotica Y Derecho

    Fenomenologia, Semiotica Y Derecho

    fenomenología lingüística de John Searle parte de la oposición entre las declaraciones constatativos, que se limita a afirmar, de hecho, la búsqueda y los enunciados performativos, que producen cambios en la realidad externa tal como se establece en el contexto específico. Hay actos tanto lingüísticos que también consisten en la pronunciación de ciertas palabras en una forma y en un orden proposicionalmente correcta, puede tener un valor pragmático adicional como su contexto institucional, que no sólo producen hechos naturales (hechos brutos en la terminología de Searle), pero hechos institucionales. Por ejemplo, en ciertas circunstancias, por ejemplo x promesa de hacer tiene consecuencias que van más allá de lo puramente físico: se cuenta como prometida o, como la realización del acto institucional de la promesa, generador requerido para llevar a cabo como se había prometido.

  • Causalidad Y Normatividad

    Causalidad Y Normatividad

    Más de dos milenios antes de la famosa distinción kantiana entre los imperativos hipotéticos y imperativos categóricos, Aristóteles distinguía virtudes técnicas o artísticas de las virtudes éticas o de prudencia. Oponerse a ella de poseer conocimiento puramente teórico de las ciencias naturales en relación con las leyes de cumplimiento de la causalidad necesaria, Aristóteles habló en su Ética a Nicómaco otro tipo de conocimiento, el conocimiento práctico de todo lo que puede ser modificado por la acción humana, diferenciando dentro de él, que es el tema de la producción, que es el sujeto de la acción. ¿Cuál era el objeto de la producción que se refiere a la técnica, lo que Aristóteles dijo, "se trata de la convierten, y la elaboración y considerar la forma en que puede ocurrir o se convierten en algo que es susceptible tanto a ser como no ser y cuyo principio es que produce y no en lo que ocurrió. "¿Cuál fue el tema de la acción que se refiere a la ética, la prudencia", una real y práctica sobre lo que es bueno y malo para el hombre disposición racional, porque el fin de la producción es distinta de ella, pero la acción no puede ser: el buen desempeño es un fin "filósofos analíticos desde Hume guillotinado realidad afirmando la irrelación entre el ser y debe ser, mientras que gran división que expone la falacia naturalista consistente para inferir reglas hechos no suelen tener en cuenta la complejidad y heterogeneidad de. el universo normativo, incita a resaltar una pequeña división, no por ello menos importante, la separación de la hipotética deber, técnica, anankástico, el deber categórico, puramente deóntica. Este libro se refiere a aquellos que parece hacer caso omiso de esta última distinción reformulada reglas hipotéticas como normas categóricas y, por el contrario, aquellos que se han derivado de normas hipotéticas de las normas categóricas, cayendo en ambos casos, lo que podría llamarse el anancástico falacia. Carlos Alarcón Cabrera es profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Huelva, después de haber enseñado este tema en la Universidad de Sevilla como profesor, y en las universidades de Pavía y Helsinki como profesor visitante. Es autor